Órganos de gobierno, competencias y funciones
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Mallén, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local
ALCALDE
Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad
- Dictar bandos, decretos e instrucciones
- Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado
Alcalde del Ayuntamiento de Mallén: D. Rubén Marco Armingol
TENIENTES DE ALCALDE
Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al alcalde para el ejercicio de sus funciones.
A continuación se muestran los Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Mallén:
- Primer Teniente de Alcalde: D. Ignacio Ordóñez Marco
- Segunda Teniente de Alcalde: Dña. Marta Pardo Delgado
PLENO
Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.
- Puede consultar la composición del Pleno del Ayuntamiento de Mallén accediendo desde aquí.
- Puede consultar las actas de los Plenos municipales accediendo desde aquí.
ÁREAS DE GOBIERNO
Son los niveles esenciales de la organización municipal con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.
- Delegación de Deportes, Protección Civil y Medio Ambiente: D. Rubén Amillo Aznar
- Delegación de Educación, Cultura y Turismo: D. Ignacio Ordóñez Marco
- Delegación de Festejos, Infancia, Juventud y Participación Ciudadana: Dña. Sara Añón Peral
- Delegación de Bienestar Social, Salud e Igualdad: Dña. María Teresa Rodríguez Laborda
- Delegación de Relaciones Institucionales: Dña. Marta Pardo Delgado
Esta Alcaldía se reserva las competencias de Agricultura, Urbanismo, Hacienda, Desarrollo Económico, Infraestructuras y Servicios Públicos, con las siguientes facultades:
- Recibir la información detallada de la gestión de las competencias delegadas
- Ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia
- Actos dictados por los Delegados en el uso de sus atribuciones o potestades, se entienden dictados por la Alcaldía
JUNTA DE GOBIERNO
La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas señaladas en la normativa. Existe en todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos.
Junta de Gobierno Local:
- D. Ignacio Ordóñez Marco (1º teniente de alcalde)
- Dña. Marta Pardo Delgado (2ª tenienta de alcalde)
- Dña. María de la O Segura Lalaguna
COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS
La Comisión Especial de Cuentas está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la Corporación. Su constitución, composición e integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás Comisiones Informativas. Entre sus funciones se encuentra el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales. La Comisión Especial de Cuentas podrá actuar como Comisión informativa permanente para los asuntos relativos a economía y hacienda de la entidad (bien a través del Reglamento Orgánico o mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación).
Comisión Especial de Cuentas:
- D. Rubén Marco Armingol (Presidente)
- D. Ignacio Ordóñez Marco (Vocal)
- D. Antonio Asín Martínez (Vocal)
- Dña. María Soledad Tolosa Lalaguna (Vocal)
- Dña. Marta Pardo Delgado (Vocal)